Las organizaciones miembros del Observatorio de Minería Ilegal (OMI) y organizaciones aliadas hemos tomado conocimiento a través de diversos medios de comunicación de la propuesta del Poder Ejecutivo para una nueva Ley MAPE. Nos llama profundamente la atención que esta sea socializada entre sectores que han promovido flexibilizaciones normativas que favorecerían la expansión de la actividad minera ilegal y, por otro lado, las voces de todos los actores no sean escuchadas.

Frente a ello, nos genera bastante preocupación y además demuestra un compromiso poco serio frente a la lucha contra la criminalidad provocada por la minería ilegal.

  • La creación del FORMAPE institucionalizaría la informalidad minera en lugar de resolverla. Bajo esta lógica, el Estado mantendría permanentemente un organismo para administrar un problema que no logra solucionar, generando más burocracia, planillas y costos operativos financiados con recursos de todos los peruanos. El objetivo debe ser erradicar la informalidad, no crear instituciones para gestionarla indefinidamente.
  • Las actividades de pequeña minería y minería artesanal deben cumplir con los principios de protección ambiental del SEIA y contar con certificación ambiental antes de iniciar operaciones. Afirmar que no se les puede exigir estándares ambientales equivalentes a los de la gran minería es engañoso, pues sus instrumentos de gestión ambiental ya han sido ampliamente flexibilizados. Flexibilizar no puede significar debilitar la protección ambiental ni normalizar el incumplimiento.
  • Resulta preocupante que se excluya a las plantas de beneficio, pese a su rol clave en el procesamiento y lavado de oro de origen ilegal. Su regulación, fiscalización y control constituyen una responsabilidad del Gobierno nacional que no puede seguir siendo ignorada.
  • Es inadmisible que se mantenga la exención de responsabilidad penal, desconociendo la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena eliminar todo mecanismo de impunidad. Esta obligación no se limita al ámbito penal, sino que comprende también las responsabilidades civiles y administrativas.
  • Finalmente, sorprende el anuncio de que no se cerraría el REINFO y se mantendría su vigencia hasta diciembre de 2028 bajo el concepto de ‘consolidación’, lo que en la práctica permitirá que sigan operando sin cambios sustanciales.

Exhortamos a las autoridades a considerar los insumos técnicos y la evidencia de campo durante la evaluación de estas propuestas normativas que proponen retirar, custodiar y eventualmente aprovechar la maquinaria e insumos incautados en operativos contra la minería ilegal, en lugar de destruirlos in situ. Modificar el marco vigente podría debilitar la eficacia de las interdicciones y abrir oportunidades para que estos bienes sean recuperados o reutilizados por las redes criminales. Además, las operaciones se desarrollan frecuentemente en zonas remotas y de difícil acceso, donde trasladar maquinaria pesada resulta complejo, costoso y operativamente inviable, lo que dificultaría aún más la intervención. A ello se suma que los operadores de justicia enfrentan, en muchos casos, a grupos armados y organizaciones criminales, por lo que prolongar estas operaciones incrementa los riesgos para su integridad y seguridad. Cualquier modificación normativa debe considerar estas condiciones reales y evitar que, en la práctica, termine favoreciendo la continuidad de la minería ilegal.

Desde el Observatorio de Minería Ilegal estaremos atentos a los procesos de diálogo, y propuestas frente a la minería informal e ilegal, corresponde a todas las autoridades evitar que la principal actividad ilícita del Perú siga depredando el ambiente y socavando el Estado de Derecho y la viabilidad de nuestra sociedad.

 

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